ASÍ SERÁ LA NUEVA NORMALIDAD EN LAS PLAYAS DE ESPAÑA
La nueva normalidad en las playas de España… ¿Cómo será? ¿Hay diferencias entre comunidades autónomas? ¿Y entre municipios? Y es que tras el final del estado de alarma llega casi sin darnos cuenta el inicio del verano y, por tanto, las vacaciones y la hora de ir a la playa para muchos.
Y también son muchas las dudas que nos asaltan con esto de la nueva normalidad. Sabemos que debemos mantener el espacio interpersonal de al menos metro y medio, sin embargo…
¿Cómo se va a aplicar la nueva normalidad en las playas de España? ¿Tendremos que llevar mascarilla? ¿Habrá aforo limitado en las playas españolas o tendremos que buscar las playas más largas de España para asegurar la distancia social? ¿Qué pasa con las duchas y lavapiés? ¿Estarán prohibidos los deportes en la playa? El Ministerio de Sanidad toma la palabra -BOE mediante- sobre la nueva normalidad en las playas de España.
La nueva normalidad en las playas de España: normas generales
El Ministerio de Sanidad fijó las limitaciones en la llamada nueva normalidad en las playas de España a través de varios BOE, siendo el definitivo el del 27 de mayo.
La norma general en la playa es la misma que en el resto de espacios públicos: respetar el espacio de seguridad de metro y medio y, si no es posible, usar la mascarilla. Aparte de ello hay varias consideraciones adicionales a tener en cuenta en las playas.
Lo que sí que queda claro es que los ayuntamientos y municipios, responsables últimos de las playas, serán los garantes de que se cumplan las normas. Así como de establecer disposiciones adicionales o limitaciones según convenga. Las comunidades autónomas quedan, entre comillas, al margen.
Así que, para mayor seguridad, asegúrate de informarte de las normas en el ayuntamiento u oficina de turismo correspondiente a cada playa a la que vayas durante la nueva normalidad.
Sigue leyendo lo que dice el BOE sobre la nueva normalidad en las playas de España:

1. La nueva normalidad en las playas de España:
«1. El tránsito y permanencia en las playas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, se realizarán en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden, siempre que en este último caso se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, y que se mantenga una distancia mínima de dos metros [finalmente de metro y medio, según el último BOE] entre los participantes».
En cualquier caso cada ayuntamiento dictará las limitaciones para cada tipo de deporte. En la práctica, además, establece que para los paseos por la orilla deberemos usar la mascarilla casi de manera obligatoria al ser virtualmente imposible mantener el metro y medio de distancia.
![«1. El tránsito y permanencia en las playas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, se realizarán en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden, siempre que en este último caso se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, y que se mantenga una distancia mínima de dos metros [finalmente de metro y medio, según el último BOE] entre los participantes».
En cualquier caso cada ayuntamiento dictará las limitaciones para cada tipo de deporte. En la práctica, además, establece que para los paseos por la orilla deberemos usar la mascarilla casi de manera obligatoria al ser virtualmente imposible mantener el metro y medio de distancia.
«1. El tránsito y permanencia en las playas, así como la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, se realizarán en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden, siempre que en este último caso se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, y que se mantenga una distancia mínima de dos metros [finalmente de metro y medio, según el último BOE] entre los participantes».
En cualquier caso cada ayuntamiento dictará las limitaciones para cada tipo de deporte. En la práctica, además, establece que para los paseos por la orilla deberemos usar la mascarilla casi de manera obligatoria al ser virtualmente imposible mantener el metro y medio de distancia.](https://resizer.codigounico.com/resizer/resizer.php?imagen=https://www.codigounico.com/wp-content/uploads/sites/2/2020/06/asi-sera-la-nueva-normalidad-en-las-playas-de-espana-17.jpg&nuevoancho=644&crop=0)
2. La nueva normalidad en las playas de España:
«2. Se permite el uso de duchas y lavapiés al aire libre, aseos, vestuarios y otros servicios públicos similares. Su ocupación máxima será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso podrán contar con su acompañante. Deberá reforzarse la limpieza y desinfección de los referidos aseos garantizando siempre el estado de salubridad e higiene de los mismos».
Es posible que se formen colas en los lavapiés, así que ve con tiempo.

3. La nueva normalidad en las playas de España:
«3. Los bañistas deberán hacer un uso responsable de la playa y sus instalaciones, tanto desde el punto de vista medioambiental como sanitario, cumpliendo para ello con las recomendaciones y normas establecidas por las autoridades sanitarias».

4. La nueva normalidad en las playas de España:
«4. La ubicación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros [metro y medio] con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen el número máximo de personas previsto en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden.
Las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario».
![«4. La ubicación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros [metro y medio] con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen el número máximo de personas previsto en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden.
Las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario».
«4. La ubicación de los objetos personales, toallas, tumbonas y elementos similares se llevará a cabo de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros [metro y medio] con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen el número máximo de personas previsto en el apartado 2 del artículo 7 de esta orden.
Las tumbonas de uso rotatorio deberán ser limpiadas y desinfectadas cuando cambie de usuario».](https://resizer.codigounico.com/resizer/resizer.php?imagen=https://www.codigounico.com/wp-content/uploads/sites/2/2020/06/asi-sera-la-nueva-normalidad-en-las-playas-de-espana-16.jpg&nuevoancho=644&crop=0)
5. La nueva normalidad en las playas de España:
«5. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros [metro y medio] entre bañistas.
Asimismo, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas.
A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados».
Este artículo delimita las responsabilidades de los ayuntamientos, que tendrán la potestad de cerrar la playa o limitar el tiempo en la nueva normalidad.
![«5. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros [metro y medio] entre bañistas.
Asimismo, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas.
A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados».
Este artículo delimita las responsabilidades de los ayuntamientos, que tendrán la potestad de cerrar la playa o limitar el tiempo en la nueva normalidad.
«5. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones tanto de acceso, que en todo caso será gratuito, como de aforo en las playas a fin de asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros [metro y medio] entre bañistas.
Asimismo, a efectos de garantizar su disfrute por el mayor número posible de personas en condiciones de seguridad sanitaria, podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos en aras a facilitar el control del aforo de las playas.
A efectos de calcular el aforo máximo permitido por cada playa, se considerará que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados».
Este artículo delimita las responsabilidades de los ayuntamientos, que tendrán la potestad de cerrar la playa o limitar el tiempo en la nueva normalidad.](https://resizer.codigounico.com/resizer/resizer.php?imagen=https://www.codigounico.com/wp-content/uploads/sites/2/2020/06/asi-sera-la-nueva-normalidad-en-las-playas-de-espana-15.jpg&nuevoancho=644&crop=0)
6. La nueva normalidad en las playas de España:
«6. Los ayuntamientos asegurarán que se realiza una limpieza y desinfección de las instalaciones y bienes de las playas usando para ello sustancias que no resulten perjudiciales para el medioambiente».

7. La nueva normalidad en las playas de España:
«7. Se recordará a los usuarios mediante cartelería visible u otros medios las normas de higiene y prevención a observar, señalando la necesidad de abandonar la instalación ante cualquier síntoma compatible con el COVID-19».

8. La nueva normalidad en las playas de España:
«8. Las actividades de hostelería y restauración que se realicen en las playas, incluidas las descubiertas, con concesión o autorización de ocupación o aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre, se regirán por lo establecido en esta orden para el régimen de hostelería y restauración, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación sectorial aplicable.
Los responsables de negocios de motos acuáticas, hidropedales y de cualesquiera otros elementos deportivos o de recreo deberán cumplir con los dispuesto en las órdenes específicas para comercio minorista y, de modo particular, en todo lo que se refiere a higiene y desinfección. Todos los vehículos deberán ser limpiados y desinfectados antes de cada uso».

9. La nueva normalidad en las playas de España: Galicia
La Xunta y los concellos gallegos se reunieron a finales de mayo para explorar la posibilidad de utilizar una aplicación común para reservar cita en las playas gallegas… Sin embargo, al final los ayuntamientos lo rechazaron al ser complicado de usar por las personas mayores.
La mayoría de arenales gallegos optarán por parcelar la playa con cintas y establecer limitaciones horarias en las playas con mayor afluencia.
En la imagen, la playa de La Lanzada (El Grove, Pontevedra).

10. La nueva normalidad en las playas de España: Asturias
El gobierno autonómico del Principado de Asturias recuerda que la responsabilidad última es de los bañistas. Los ayuntamientos serán los que apliquen las normas en la nueva normalidad en las playas asturianas.
En la imagen, la playa de Gulpiyuri (Llanes, Asturias).

11. La nueva normalidad en las playas de España: Cantabria
El gobierno de Cantabria y la Federación de Municipios Cántabra anunciaron a finales de mayo un acuerdo de cara a habilitar 70 playas cántabras a la nueva normalidad. Habrá paneles informativos en cada playa de Cantabria con un diseño similar estableciendo las normas a cumplir en cada arenal. Se habilitarán corredores de aceso de 6 metros de ancho y, en las playas donde no sea posible, se deberá circular por la derecha y con mascarilla.
También habrá un sistema de cámaras web en las playas más concurridas para administrar el flujo de personas y para dar información en tiempo real a los bañistas. Se espera que esté en funcionamiento en julio.
En la imagen, la playa de El Sardinero (Santander, Cantabria).

13. La nueva normalidad en las playas de España: País Vasco
El Departamento de Salud del País Vasco publicó a finales de mayo una guía con recomendaciones sobre la nueva normalidad en las playas vascas. Si bien no es vinculante, si recomienda que el tiempo máximo de permanencia en la playa debería ser de 2-3 horas máximo.
También pide a los ayuntamientos que tengan en consideración a las personas mayores y dependientes a la hora de establecer los accesos a las playas del País Vasco durante la nueva normalidad.
En la imagen, la playa de La Concha (San Sebastián, Guipúzcoa).

14. La nueva normalidad en las playas de España: Cataluña
La Generalitat de Catalunya publicó un decreto que le permite limitar el acceso a playas, entre otros espacios públicos, para prevenir aglomeraciones. En todo caso, serán los ayuntamientos los que regulen, en la práctica, la nueva normalidad en las playas catalanas.
En la imagen, la cala de Sa Caleta (Lloret de Mar, Gerona).

15. La nueva normalidad en las playas de España: Islas Baleares
Durante la nueva normalidad en las playas de las Islas Baleares, el Govern permitirá un máximo de 25 personas por grupo. Del resto de limitaciones se encargará cada ayuntamiento.
En la imagen, Cala Macaralleta (Menorca, Islas Baleares).

16. La nueva normalidad en las playas de España: Comunidad Valenciana
En Valencia, la Generalitat ha destinado 1,2 millones de euros para la instalación de pasarelas desmontables para acceder a las playas y mantener, en la medida de lo posible, la distancia de seguridad. El resto de normas será responsabilidad de los ayuntamientos.
En la imagen, la playa de Guardamar del Segura (Alicante, Comunidad Valenciana).

17. La nueva normalidad en las playas de España: Región de Murcia
La Región de Murcia ha decidido no establecer un aforo concreto para las playas, no obstante la decisión última será de cada ayuntamiento. Así mismo permite la práctica de actividades recreativas en grupo ya impliquen pelotas u objetos (frisbies, palas…) siempre que haya espacio suficiente. En todo caso, los ayuntamientos también podrán vetarlo si lo consideran necesario.
En cualquier caso, los municipios no contarán con ayudas extra del Plan Copla regional de ayuda para las playas murcianas en la nueva normalidad.
En la imagen, playa Carolina (Águilas, Región de Murcia).

18. La nueva normalidad en las playas de España: Andalucía
La Junta de Andalucía publicó en su boletín oficial un listado de normas y particularidades de las playas que en realidad no cambia nada con respecto a las reglas generales. Lo demás queda a disposición de los ayuntamientos andaluces.
En la imagen, la playa de Estepona (Málaga, Andalucía).

10. La nueva normalidad en las playas de España: Islas Canarias
En Canarias, el gobierno regional ha indicado que se deberá respetar la normativa específica de cada municipio durante la nueva normalidad en las playas canarias. En cualquier caso, permite los deportes individuales o por parejas; eso sí, sin contacto. Además aumenta el espacio de separación entre hamacas y tumbonas a los 2 metros de distancia.
En la imagen, la playa del Papagayo (Lanzarote, Islas Canarias).